Si en otras entradas detallamos qué es el valor de referencia, a qué impuestos afecta o cómo se establece, en esta ocasión nuestros expertos en tasaciones de inmuebles en Ibiza explican cómo impugnar.
Y es que se ha producido un aumento en las tasaciones periciales inmobiliarias porque un alto porcentaje de las valoraciones asignadas a los inmuebles por el Catastro no son acordes con el mercado, situándose artificialmente por encima de este.
Todo ello, a pesar de que la nueva ley hace coincidir el valor de referencia del Catastro con el valor de mercado. Sin embargo, en determinados casos ese valor de referencia asignado a los inmuebles puede impugnarse.
¿Cómo se impugna el valor de referencia?
Tal y como recoge la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, el valor de referencia se puede impugnar por dos vías distintas.
La primera consiste en recurrir la liquidación que en su caso realice la Administración Tributaria o con motivo de la solicitud de rectificación de la autoliquidación cuando se considere que el valor de referencia ha perjudicado nuestros intereses legítimos. De modo que al firmar la escritura, si pagamos la liquidación del impuesto atendiendo al valor de referencia y no al de la escritura, podremos solicitar la devolución de ingresos indebidos. A tal fin, dispondremos de un plazo de cuatro años para solicitarlo.
Asimismo, en caso de que solicitemos la rectificación de autoliquidación, podremos presentar las alegaciones que consideremos oportunas. En este caso, la administración podrá acordar o denegar la rectificación. Si se deniega, podemos interponer un recurso de reposición previo a la reclamación económica-administrativa.
En cambio, si lo que hacemos es liquidar por el valor de la escritura, lo más probable es que la Administración compruebe la liquidación (con posibles sanciones). Será al recurrir esa liquidación administrativa cuando podremos recurrir el valor de referencia. No obstante, en este punto el plazo es inferior (un mes).
¿Qué necesito para recurrir el valor de referencia?
Como expertos en tasaciones de inmuebles en Ibiza, incluyendo los servicios jurídicos relacionados en la gestión y ejecución urbanística, advertimos que para recurrir el valor de referencia es importante presentar:
- Un informe pericial que indique el valor del inmueble.
- Fotografías actualizadas y vídeos del estado de la finca.
- Otro tipo de pruebas, como las ventas realizadas por la zona.
¿Necesitas impugnar el valor de referencia? Contacta con Sáez & Clapés Ibiza Consulting. Podemos guiarte en todos tus trámites administrativos y recursos.