El contrato de formación

10 septiembre, 2021

Las empresas necesitan bonificaciones más que nunca  para poder contratar y, sin embargo, este es el año en que menos contratos bonificados existen. Por eso, hoy queremos hablarte sobre la mejor ayuda para contratar en 2021.

Si necesitas ampliar tu plantilla, existe una modalidad que te permitirá contratar y bonificar el 100% de los seguros sociales, el <contrato de formación.

¿Por qué el contrato de formación es la mejor ayuda para contratar en 2021?

Te damos siete razones por las que el contrato de formación es la mejor ayuda para que tu empresa contrate actualmente:

  • Se pueden bonificar el 100% de los seguros sociales (75% si tu empresa tiene más de 250 trabajadores) durante hasta 3 años. Es decir, no paga seguros sociales. Puede suponer hasta un 40% de ahorro en costes salariales para la empresa en su conjunto.
  • Además, durante todo la vigencia del contrato, la empresa podrá aplicar una bonificación adicional de entre 60 y 80 € al mes (80 euros serían hasta 4 trabajadores).
  • No exige mantenimiento del nivel de empleo alcanzado con la contratación, al contrario de lo que ocurre con otras ayudas o contratos. Ni mantenimiento del nivel de empleo del trabajador.
  • No exige devolución de las cantidades bonificadas en caso de despido, con otras modalidades sí se exige. Obviamente, siempre que se cumpla la normativa laboral vigente.
  • Al finalizar el contrato, si se transforma en indefinido, se puede enlazar con una bonificación de 1.500 euros al año (1.800 euros si es mujer) durante otros 3 años. Supondrían hasta 6 años de bonificaciones en seguros sociales asociadas al trabajador.
  • Esta modalidad de contrato también puede ser utilizada por un autónomo que desee contratar a su hijo.
  • El trabajador estará formándose a la vez que trabaja, esto implica que contarás a medio-largo plazo con un trabajador más cualificado y preparado.

A continuación te explicamos cuáles son las características de esta modalidad y los requisitos que debe cumplir tu empresa para poder aplicar el contrato de formación.

Características del contrato de formación

El contrato de formación es un contrato destinado a que el trabajador se forme en una profesión. Por este motivo, durante todo el contrato recibirá una formación oficial de Certificado de Profesionalidad y tendrá asignado un tutor en tu empresa para hacer un seguimiento a su evolución.

La formación está 100% bonificada en los seguros sociales y debe estar relacionada con su ocupación.

Se realiza siempre a jornada completa, del total de 8 horas, destinaría 6 a trabajo efectivo y 2 a formarse a través de una plataforma online, durante el primer año de contrato. Esto supondría un 75% sobre la jornada para trabajar y un 25% para formarse.

Durante el segundo y tercer año de contrato, estos porcentajes variarían, siendo un 85% de trabajo y un 15% de formación.

La duración mínima del contrato es de 6 meses y como máximo podrá durar hasta 3 años, siempre que tu convenio colectivo no especifique otra duración.

Su salario será el establecido en el convenio para el contrato formativo. En su defecto, no podrá ser inferior al 75% sobre el salario mínimo interprofesional (En 2020 sería sobre los 712 euros sin pagas prorrateadas).

El contrato de formación tiene 2 meses de prueba o lo que indique el convenio colectivo para la modalidad.

Requisitos para aplicar un contrato de formación y sus bonificaciones

Para poder aplicar esta modalidad de contrato y bonificar los seguros sociales tu empresa deberá estar al corriente en sus pagos a Seguridad Social y Hacienda, no haber sido sancionada y por supuesto, comprometerse a respetar las condiciones de este contrato y los tiempos de formación del trabajador.

En cuanto al candidato que contrates, deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar inscrito como demandante de empleo al menos 1 día.
  • No contar con formación oficial específica para el puesto a desempeñar. Por ejemplo, si ha estudiado hostelería, no podría ser contratado en formación en un restaurante, pero sí podría ser contratado con esta modalidad como administrativo, puesto que no poseería formación para ello.
  • Tener más de 16 años y menos de 25 (excepto si es una persona con discapacidad reconocida, entonces no se aplicaría el límite de edad).
  • Algunos Certificados de Profesionalidad exigen que tenga al menos estudios mínimos de ESO.
  • No podrá haber realizado el mismo puesto en la empresa durante más de 12 meses.

Si el trabajador ha estado contratado en tu empresa de forma temporal en los últimos 6 meses o de forma indefinida, en los últimos 24 meses en tu empresa o en otra entidad los 3 meses inmediatamente anteriores al contrato de formación, podría ser contratado, pero no habría posibilidad de aplicar la bonificación en los seguros sociales.

Por este motivo, te recomendamos tener estos detalles a la hora de seleccionar el trabajador. Igualmente, nos parece importante que disponga de internet y las capacidades mínimas para realizar la formación online, que es obligatoria.